Sefiplan concentra adquisiciones

Sefiplan concentra adquisiciones

17 marzo, 2021 Desactivado Por SPI Veracruz

Xalapa, Ver., 17 de Mar (SPI).- Cualquier convocatoria o invitación en materia de adquisiciones que emitan las dependencias del gobierno estatal, deberán contar con la autorización de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).

El titular de la Sefiplan José Luis Lima Franco dio a conocer las reformas a los artículos 31 y 32 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo de Veracruz.

A partir de hoy las Unidades Administrativas o equivalente de las dependencias estatales, deberán contar con la opinión y revisión de las bases de sus convocatorias para adquisiciones del Órgano Interno de Control de su adscripción y de la Subdirección de Contrataciones Gubernamentales, Administración de Riesgos y Activos de la Secretaría, respectivamente.

En las bases y requisitos de toda convocatoria o invitación en materia de adquisiciones, para participar en procedimientos de licitación pública, simplificada o adjudicación directa, una vez desahogados y previo a la suscripción de los contratos o convenios relativos, deberán recabar invariablemente la autorización de la Sefiplan, por conducto de la Subsecretaría de Finanzas y Administración.

Dicha Subsecretaria revisará el cumplimiento de las disposiciones aplicables, los procedimientos administrativos pertinentes y los actos administrativos celebrados, atendiendo siempre a la normativa en materia financiera y a las disposiciones y medidas de suficiencia presupuestal.

En caso de que la Sefiplan encuentre acciones, por comisión u omisión, que no se apeguen a los principios de control y contención del gasto que prevén los Lineamientos o, en su defecto, no podrá dar la autorización solicitada y determinará que la dependencia enmiende o reponga los actos y procedimientos administrativos que se encuentren afectados de legalidad, con respeto a los derechos de los concursantes o participantes.

Asimismo, las dependencias no efectuaran gastos de adquisición de mobiliario y equipo, salvo el estrictamente necesario para las actividades prioritarias relativas a la prestación y operación de servicios directos a la población afectos a las materias de educación, salud, protección civil.

Al igual que las tareas de naturaleza policial, de tránsito, de transporte público, de prevención y reinserción social o en los centros de internamiento especial para adolescentes, de tipo pericial y cualquier otra de carácter especializado o sustantivo en materia de seguridad pública.

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